
Todo lo que debes saber acerca de la afiliación obligatoria al IMSS para empleadas domésticas
AFILIACIÓN OBLIGATORIA AL IMSS PARA EMPLEADAS DOMÉSTICAS
Desde el 2019, se implementó el programa piloto del IMSS para la afiliación a seguridad social de las empleadas del hogar, sin embargo hasta ese momento el trámite era voluntario.
El 2022 fue un año con buenas noticias para el sector doméstico:
17 de marzo: Con 104 votos a favor, el senado aprobó modificar la ley del seguro social para garantizar los derechos laborales de 2.3 millones de trabajadoras domésticas.
27 de octubre: La cámara de diputados aprobó con 486 votos a favor la afiliación obligatoria al IMSS de las personas trabajadoras del hogar.
¿QUÉ CAMBIOS SIGNIFICA ESTO PARA EL EMPLEADOR?
A partir de ahora es responsabilidad completa del jefe, otorgar a su empleada los siguientes seguros:
Enfermedades y Maternidad.
Riesgos de Trabajo.
Invalidez y Vida.
Retiro, Cesantía en Edad
Avanzada y Vejez.
Guarderías y Prestaciones Sociales.
El patrón es el encargado de gestionar este trámite en tiempo y forma para asegurar que la empleada tenga acceso a la seguridad social.
PERO,¿QUIÉNES SON CONSIDERADAS PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR?
Una trabajadora del hogar es aquella persona que recibe un salario por encargarse de:
Cuidado de niños, personas adultas y con discapacidad
Aseo del hogar
Asistencia
Otras actividades dentro del hogar
Es decir:
Empleadas domésticas
Niñeras
Cuidadores de adulto mayor
Chóferes
Cuidadores de casa de campo o rancho
¿A QUÉ ESTARÁ EXPUESTO EL JEFE SI NO CUMPLE CON LA AFILIACIÓN AL IMSS DE SU EMPLEADA DOMÉSTICA?
De no cumplir con la afiliación al IMSS, el empleador se está exponiendo a:
Asumir todos los gastos médicos en caso de accidente laboral.
Cumplir con el pago de licencia de maternidad y gastos médicos si se da el caso.
Pagar incapacidades por enfermedad general o riesgo de trabajo.
Cubrir multas por demandas laborales.
Te puede interesar: Riesgos al no afiliar a sus empleadas del hogar al IMSS
5 datos interesantes para tener en cuenta:
Actualmente el trámite de afiliación se hace por mes adelantado, sin embargo una vez que la ley sea incluida en la constitución esto cambiará.
La fecha límite para hacer el pago al IMSS es el 20 de cada mes.
En caso de no hacer el pago a tiempo, la empleada NO podrá gozar de los beneficios de la seguridad social por el siguiente mes.
La trabajadora puede extender los servicios médicos, hospitalarios y farmacéuticos a su núcleo familiar (padres si viven y dependen económicamente de ella, hijos hasta 16 años o 25 si siguen estudiando y esposo o concubinario.)
Las empleadas de entrada por salida pueden ser afiliadas al IMSS pero SOLO GOZARÁN DE LOS BENEFICIOS LOS DÍAS QUE ELLAS SEAN DADAS DE ALTA.
¿Mucha información para procesar?
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